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Desde el 3 de agosto de 2026, Estados Unidos exige de forma permanente una fianza económica a determinados solicitantes de visas de turismo y negocios. La medida, que comenzó como programa piloto en agosto de 2025, aplica a ciudadanos o nacionales de 50 países que soliciten visas B-1, B-2 o B-1/B-2 y sean seleccionados por un funcionario consular, de acuerdo con la normativa publicada por el Departamento de Estado en el Registro Federal.

La fianza puede ser de hasta $20,000

El monto no es igual para todos los solicitantes. El funcionario consular determinará si corresponde una fianza de 10,000, 15,000 o 20,000 dólares, según las circunstancias de cada caso. Aunque el monto de referencia es de 15,000 dólares, la cifra puede ajustarse hacia arriba o hacia abajo.

En América Latina y el Caribe, la medida afecta únicamente a ciudadanos de Antigua y Barbuda, Cuba, Dominica, Granada, Nicaragua y Venezuela.

¿Cuándo se devuelve el dinero?

El depósito será reembolsado a quienes cumplan las condiciones de la visa y abandonen Estados Unidos dentro del período autorizado. También se devolverá si el beneficiario nunca viaja al país.

El pago solo puede hacerse por un canal oficial

La fianza únicamente debe pagarse cuando un funcionario consular lo indique durante la entrevista. En ese momento, el solicitante recibirá instrucciones para presentar el Formulario I-352 y un enlace oficial de Pay.gov, la plataforma administrada por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

Las autoridades advierten que no deben utilizarse sitios web de terceros para realizar este pago. Además, otra persona puede efectuar el depósito en nombre del solicitante.

Restricciones para ingresar y salir del país

Quienes paguen esta fianza deberán entrar y salir de Estados Unidos exclusivamente por aeropuertos comerciales habilitados por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

No podrán ingresar mediante vuelos chárter, aeronaves privadas, cruces fronterizos terrestres ni puertos marítimos. En otras palabras, no podrán entrar al país en automóvil o autobús por una frontera terrestre.

El Departamento de Estado advierte que utilizar un punto de entrada no autorizado puede provocar la denegación del ingreso o errores en el registro de salida, lo que podría generar futuras complicaciones migratorias.

La fianza no garantiza la aprobación de la visa

El pago de la fianza no asegura que la visa será emitida. Si, tras revisar el caso, el funcionario consular determina que el solicitante no cumple con los requisitos, la visa será denegada y el dinero será devuelto.

Asimismo, quienes viajen temporalmente a México, Canadá u otro territorio contiguo deberán asegurarse de que su salida definitiva de Estados Unidos quede registrada en un aeropuerto comercial.

Casos en los que se devuelve la fianza

El gobierno reembolsará automáticamente el depósito cuando ocurra cualquiera de estas situaciones:

  • El viajero salga de Estados Unidos antes del vencimiento de su estadía autorizada.
  • La persona obtenga la visa y pague la fianza, pero nunca viaje al país.
  • Las autoridades migratorias le nieguen el ingreso al intentar entrar a Estados Unidos.

¿Cuándo se pierde el depósito?

El gobierno podrá retener la totalidad de la fianza si el beneficiario incumple las condiciones establecidas, entre ellas:

  • Permanecer en Estados Unidos más allá del tiempo autorizado.
  • Solicitar fuera de plazo una extensión de estadía o un cambio de estatus migratorio.
  • No abandonar el país dentro de los 10 días posteriores al rechazo de una solicitud de extensión o cambio de estatus.
  • Presentar el Formulario I-589 para solicitar asilo, retención de deportación u otra protección humanitaria contemplada en ese formulario.

La normativa no impide solicitar asilo. Sin embargo, establece que presentar el Formulario I-589 constituye un incumplimiento de las condiciones de la fianza y puede ocasionar la pérdida del dinero depositado.

Los 50 países incluidos

La mayoría de los países afectados pertenecen a África, Asia y Oceanía. La lista completa incluye:

Argelia, Angola, Antigua y Barbuda, Bangladesh, Benín, Bután, Botsuana, Burundi, Cabo Verde, Camboya, República Centroafricana, Costa de Marfil, Cuba, Yibuti, Dominica, Etiopía, Fiyi, Gabón, Gambia, Georgia, Granada, Guinea, Guinea-Bissau, República Kirguisa, Lesotho, Malawi, Mauritania, Mauricio, Mongolia, Mozambique, Namibia, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Papúa Nueva Guinea, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Seychelles, Tayikistán, Tanzania, Togo, Tonga, Túnez, Turkmenistán, Tuvalu, Uganda, Vanuatu, Venezuela, Zambia y Zimbabue.

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